El caso de Marta del Castillo
Los padres de Marta del Castillo han recurrido la decisión del juez de Instrucción número 4 de Sevilla de archivar la causa abierta contra Miguel Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral derivado del daño causado a la familia de la joven con su penúltima versión de los hechos, cuando dijo que fue su hermano, Francisco Javier Delgado, quien la mató tras golpearla con una pistola y que, posteriormente, la enterraron en la finca ‘Majaloba’ de La Rinconada.
La abogada de los padres de Marta llamada Imaculada Torres ha comunicado Europa Press de que han tenido el archivo directamente ante el propio juez al entender que ha tomado una decisión “precipitada” y que se deben practicar más pruebas para “comprobar si Carcaño miente o no”, por lo que le han pedido que reabra la causa y llame a declarar a seis agentes de la Policía Nacional.
Según la abogada, estos policías –entre ellos el comisario jefe de la Brigada Provincial de Policía Judicial, José Martínez de Mandojana– han sido los responsables de las labores de búsqueda de la joven y sus declaraciones serían “fundamentales” para el esclarecimiento de los hechos, ya que Carcaño les habría revelado su nueva versión de los hechos.
A juicio de la abogada, estos policías “son testigos directos” de las manifestaciones y del comportamiento del asesino confeso de Marta del Castillo, por lo que pide al juez que lo vaya a declarar. El juez que lleva el caso cabe recordarlo, rechazó esta diligencia al entender que, “fuera cual fuese su resultado”, no “tendría la virtualidad de afectar a los razonamientos” expuestos en el auto de archivo.
De igual modo, la abogada que ejerce la acusación particular en nombre de los padres de Marta ha indicado a Europa Press que en este caso “sí hay indicios” de que Miguel Carcaño habría incurrido en un delito contra la integridad moral, punto en el que ha recordado que el propio Tribunal Supremo ya le elevó la condena por el mismo delito en relación a sus cambiantes versiones de los hechos.
Cabe recordar que el juez Francisco de Asís Molina abrió diligencias contra Carcaño y le tomó declaración como imputado en julio de 2014 después de que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial confirmara el archivo de la causa contra el hermano de Miguel en un auto en el que acordó deducir los hechos contra Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral, ya que “no debe caer en saco roto este nuevo intento de distracción y ocultamiento de la realidad”, en relación a su penúltima versión de los hechos.
No obstante, y después de tomarle declaración como imputado, el juez consideró que “no resulta debidamente justificada la perpetración del delito” atribuido a Miguel Carcaño y acordó por ello el sobreseimiento provisional de la causa, “sin perjuicio de una futura reapertura si acontecimientos nuevos lo justificaran”.
El juez pone de manifiesto que el tipo delictivo “exige como elementos objetivos infligir un trato degradante a otra persona con resultado de menoscabo grave de su integridad moral, y como elemento subjetivo el dolo que implica conocer y querer efectuar dicho trato con la consecuencia mencionada”.
En este sentido, recuerda que el Tribunal Supremo elevó la condena de Carcaño a un año y tres meses de prisión por un delito contra la integridad moral “porque a lo largo de la fase de instrucción cambió reiterada y deliberadamente de versión sobre el destino del cuerpo en un escenario absolutamente distinto al que hoy nos trae”.
Así, “fue la conjunta valoración de todas las versiones la que permitió alcanzar una conclusión certera en el ámbito de la antijuricidad y de la culpabilidad”, pero “dado que tal conducta ya fue penada, sólo podemos valorar ahora, como comportamiento aislado, si la nueva declaración prestada integra, por sí sola, un nuevo delito”.
En este caso, “no se aprecia que Miguel Carcaño, con su nueva declaración, haya infligido a los familiares directos de la víctima, o haya procurado hacerlo, un trato degradante tal y como lo define la doctrina para integrar el injusto típico, esto es, aquél que, con independencia del medio utilizado, conlleva padecimientos físicos o psíquicos y produce en todo caso un sentimiento de humillación o sensación de envilecimiento ante los demás o ante sí mismo”.
El juez recuerda que, en el auto donde archivó la causa contra el hermano de Miguel, ya señaló que “la declaración de Miguel, ya penado, carecía de encaje procesal y fue resultado de cuantas entrevistas consideró necesarias la Policía para tratar de determinar el paradero del cuerpo de la menor”.
Así, “y en respuesta a las demandas policiales de colaboración, manifestó que no conocía y no podía señalar, ni siquiera por aproximación, el paradero del cuerpo, limitándose a decir que lo sepultaron en terrenos situados en el margen izquierdo según el sentido de marcha desde Sevilla a La Rinconada”.
Tras ello, y en su declaración como imputado en esta nueva causa, el 1 de julio de 2014, “volvió a reiterar que ‘no es cierto que hiciera esta declaración –la de 29 de abril de 2013– para causar impacto en los medios de comunicación sabiendo que con ello causaba un daño a los familiares de Marta'” y que ‘siempre fue su intención que se encontrara el cuerpo’.
En segundo lugar, “y ello resulta determinante” para el archivo de la causa, el juez añade que “no se puede afirmar que Miguel esté mintiendo pues no sabemos ni podemos saber, por el momento, si dice o no la verdad porque nunca precisó un lugar concreto y no podemos saber si el cuerpo está o no en terrenos que separan la ciudad de Sevilla de La Rinconada, de manera que es rechazable sostener una imputación con tan escurridizas bases que quedaría desacreditada si en algún momento apareciera el cuerpo en tan extensos parajes
Los padres de Marta
La fallecida Marta del Castillo
El sospechoso del asesinato Miguel Carcaño
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